viernes, 6 de junio de 2014

Derecho mercantil

El comercio, en su aceptación económica original, consiste esencialmente en una actividad de mediación o interposición entre productores y consumidores, con propósito de lucro. La conveniente división del trabajo impuso la necesidad de que esa acción mediadora fuera realizada por personas especializadas: los comerciantes. Así, desde el punto de vista económico. Es comerciante la persona que profesionalmente practica aquella actividad de interposición, de mediación, entre productores y consumidores.
El derecho mercantil nació precisamente para regular el comercio o, mejor dicho, los actos y relaciones de los comerciantes propios de la realización de sus actividades mediadoras.

Formas jurídicas:
· Empresario Individual: 
c)No precisa capital mínimo  Inconvenientes: -
a) Responsabilidad ilimitada 
b) Tipo impositivo elevado si tiene muchos beneficios 
d) No puede tener socios 
e) Seguridad social:
f) Nombre:
· Comunidad Bienes:
a) Responsabilidad: Ilimitada
b) Mínimo de socios: 2
c) Capital mínimo: no existe mínimo legal 
d) Tributación:
e) Seguridad Social:
f) Nombre: 
· Sociedad Civil:
a) Responsabilidad: Ilimitada 
b) Mínimo de socios: 2
c) Capital: no
d) Tributación:
e) Seguridad Social:
f) Nombre:
· Sociedad Limitada: 
a) Responsabilidad: Limitada 
b) Mínimo de socios: 1 (en este caso sería una Sociedad Limitada Unipersonal, S.L.U.) 
c) Capital mínimo:3.005´06€. Totalmente desembolsado en el momento de la fundación. Dividido en participaciones iguales, indivisibles y acumulables que no pueden llamarse acciones y no son libremente transmisibles. 
d) Tributación:IS 
e)Seguridad Social:Régimen general o Autónomos dependiendo de las circunstancias. 
f) Nombre: Libre, con las siglas “S.L.” o “S.R.L.
· Sociedad Anónima: 
a) Responsabilidad: limitada 
b) Mínimo de socios: 1 (en este caso Sociedad Anónima Unipersonal, S.A.U.) 
c) Capital mínimo: 60.101´21€. Íntegramente suscrito en el momento de la fundación y desembolsado un 25%. Capital dividido en acciones.
d) Tributación: I.S. 
e) Seguridad Social: Régimen de Autónomos o general dependiendo de las circunstancias. 
f) Nombre: Libre, seguido de “Sociedad Anónima” o las siglas “S.A.”
· Sociedad Limitada Nueva Empresa:
a) Responsabilidad: Limitada
b) Mínimo de socios: entre 1 y 5
c) Capital: mínimo 3012€ máximo: 120.202€
d) Tributación:
e) Seguridad Social:
f) Nombre:
· Sociedad Anónima Laboral:
a) Responsabilidad: limitada 
b) Mínimo de socios: 3 
c) Capital mínimo: 60.101´21€ para una S.A.L., y 3.005´06 para una S.L.L. 
d) Tributación: I.S.
e) Seguridad Social: Régimen general o de autónomos dependiendo de las funciones. 
f) Nombre: Libre, seguido de “S.A.L” o “S.L.L.”
· Cooperativas: 
a) Responsabilidad: Limitada 
b) Mínimo de socios: primer grado = 3; segundo grado = 2 
c) Capital mínimo: No hay (establecido en los estatutos) 
d) Tributación: IS 
e) Seguridad Social: Según los estatutos o Régimen General o Autónomos. Pero todos por igual. 
f) Nombre: Libre, acompañado del las siglas “S. Coop.”

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