Problema laboral:Juzgados de lo Social: Su jurisdicción se extiende a
toda la provincia y tiene sede en la capital de la misma. Conocen de
conflictos que se planteen entre la empresa y sus trabajadores/as, de
reclamaciones a la Seguridad Social o contra el Estado, si la
legislación laboral le atribuye responsabilidad. Ejemplos: acoso laboral.
Conflicto civil: A los Juzgados de Primera Instancia: Tienen jurisdicción en
el partido judicial donde se encuentran, y conocen de reclamaciones
civiles entre particulares. El juez o jueza de Primera Instancia es el
encargado/a del Registro Civil, donde se realizan las anotaciones y
registran inscripciones de nacimiento, defunción, fe de vida,
nacionalidad, matrimonio etc.
Ejemplo: Divorcio.
Delito:Juzgados de Instrucción: Su jurisdicción se extiende al
partido judicial, e investigan delitos y los presuntos culpables,
pudiendo ordenar su prisión provisional. Ejemplo: robo o asesinato.
Problema administrativo:Juzgados de lo Contencioso-Administrativo: Tienen
jurisdicción en toda la provincia y sede en la capital de la misma, y
resuelven los recursos planteados contra actuaciones de la
Administración Pública. Ejemplo: Recurrir a una multa.
Bienvenidos al Blog Ley y Orden, compuesto por tres alumnos Stefany Minga, Sofía Castillo y Nicolas Picazos del IES El Palmeral de Orihuela que cursan 1º De Bachillerato. En este blog encontrareis todo lo que aprendemos en la optativa de Fundamentos De Derecho.
martes, 25 de marzo de 2014
jueves, 20 de marzo de 2014
Noticias de delitos penales
12 años de cárcel para un acusado por el crimen del poeta Iborra.
La Audiencia de Barcelona ha condenado a 12 años y siete meses de cárcel a uno de los dos hombres acusados por el crimen del poeta valenciano Salvador Iborra, ocurrido en el barrio Gótico de Barcelona. El jurado popular declaró culpable a Saourdi M., pero no halló indicios suficientes contra Zakaria Y.D., que ha sido absuelto.
Los hechos ocurrieron el 29 de septiembre de 2011 en una calle situada detrás del Ayuntamiento. Iborra, de 33 años, estuvo en un bar con un amigo y, después, en su piso. Al salir, de madrugada, descubrieron que alguien había robado la bici del amigo. Tras una búsqueda infructuosa por la zona, su amigo se marchó en taxi e Iborra regresó al piso.En el portal, topó con dos personas con las que discutió por el robo de la bicicleta. Iborra ya se había enfrentado antes a ellos porque vivían en un piso ocupado en el mismo edificio. El resultado fue que Iborra se llevó tres puñaladas mortales; una, en el tórax, le afectó a pulmón y corazón, según la sentencia. Murió. La sentencia concluye que Saourdi M. participó en el homicidio, aunque no determina si fue el autor de las puñaladas —con un “cuchillo de grandes dimensiones”— o la persona que le agarró para mermar su defensa. El jurado popular le declaró culpable porque tenía lesiones en la cara propias de una pelea; por las declaraciones de los testigos y por pruebas . Además de la pena de cárcel por homicidio con abuso de superioridad, la sentencia le condena a pagar una indemnización de 140.000 euros a los familiares del poeta.
Condenado a 29 años de cárcel por violar e intentar matar a una anciana.
La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un hombre a 29 años y medio de prisión por sendos de delitos de robo con violencia, con la agravante de disfraz y reincidencia, agresión sexual sobre víctima vulnerable e intento de asesinato de una anciana de 87 años. En la vista oral, que se celebró el pasado 20 de febrero, el acusado aseguró no recordar nada, ya que en esa época se pasaba los días en estado de embriaguez.
La víctima presentaba policontusiones, hematomas en zona cervical, cara y antebrazo, además del cuello, así como fracturas y luxaciones, de lo que tardó en curarse 13 días, diez de ellos en un hospital. Como consecuencia de la agresión, padeció un trastorno depresivo que le produjo aislamiento y dependencia de terceros, pues hasta la fecha llevaba una vida independiente. La defensa, que en principio pedía la libre absolución, durante la vista oral cambió sus conclusiones y solicitó que la condena no excediera los cinco años con el atenuante del consumo de alcohol. La condena incluye una indemnización a la víctima de 30.600 euros.
Denunciado un guardia civil por agredir a un menor en un control de tráfico
Una familia de Paterna (Cádiz) ha presentado en el juzgado una denuncia contra un guardia civil al que acusan de agredir a un menor de edad en un control de tráfico ordinario. Los hechos ocurrieron en la tarde del pasado 27 de febrero. El menor, de 15 años de edad, conducía un utilitario por la A-384, en el término serrano de Algodonales. Junto a él viajaban su padre, que se había sentido indispuesto, y otro menor.
El padre cree que los hechos denunciados pueden constituir un delito de tortura. Este periódico ha contactado con la Guardia civil sin que hasta el momento haya aclarado lo ocurrido.
Noticias sobre delitos penales
Un profesor de Religión evita la cárcel tras admitir abusos sexuales a 8 menores
Un profesor de religión católica acusado de abusos sexuales continuados a ocho niños no pisará la cárcel. Agustín O.G incluso evitó sentarse en el banquillo de los acusados ayer. Fiscalía y defensa alcanzaron un acuerdo minutos antes del del juicio, con el que esquiva 19 años entre rejas a pesar de reconocer su culpabilidad. El hombre, que ejercía la docencia en varios colegios públicos de la comarca ourensana de Valdeorras, aceptó una pena de dos años de prisión por un delito de abusos, el pago de indemnizaciones por otros siete chavales y la inhabilitación para ejercer la docencia con menores durante 32 años. La gravedad de los hechos ahora reconocidos quedó reflejada en el escrito de acusación. Según el fiscal, “prevaliéndose de su condición” y con una “actitud vil”, sentaba a los niños en sus rodillas en medio de la clase y “en ese contexto pedófilo les lamía las orejas, les daba masajes en la espalda y les tocaba los genitales mientras corregía los deberes”.
Los abusos salieron a la luz cuando una madre escuchó a su hijo hablar del "pipi" del maestro. Tras denunciarlo ante el AMPA y el consejo escolar del centro educativo de Rubiá, inspección de la Consellería de Educación apartó al hombre de la docencia e inició una investigación de oficio en la que destapó casos en otros tres municipios de la comarca. La Xunta también actuó sobre la tutela de un menor de 14 años que Agustín O.G. tenía en régimen de preacogida, entregándole la custodia a una hermana del docente que vive justo frente a él. El hombre también impartía catequesis, actividad que siguió ejerciendo tras hacerse pública la acusación del fiscal e incluso tras ser apartado de la docencia de forma preventiva en 2011. El Obispado de Astorga, del que dependen las parroquias de la zona, no atendió ayer al teléfono.
martes, 18 de marzo de 2014
6. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA:
La presunción de inocencia es un principio jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla. Solamente a través de un proceso o juicio en el que se demuestre la culpabilidad de la persona podrá aplicarse una pena o sanción. Es, en definitiva, la idea de que todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario.
7. NOTICIAS SOBRE DELITOS PENALES:
·Un detenido por usar un pinganillo en el examen de conducir. El joven que se examinaba, de 24 años, retransmitía las preguntas mediante una videocámara oculta. En el exterior, otro recibía las imágenes y se encargaba de hacerle llegar al examinado las respuestas, mientras, el tercer detenido vigilaba la zona ante la posible presencia policial. Se les imputa delito de fraude contra las administraciones públicas.
·Interceptado un mercante con 12 toneladas de hachís a 30 millas de la costa de Málaga. El buque de operaciones especiales Fulmar del Servicio de Vigilancia Aduanera, interceptó la madrugada del domingo en el mar de Alborán un mercante cargado con 12 toneladas de hachís. La operación, desarrollada en aguas internacionales, a unas 30 millas de la Bahía de Málaga, ha sido un trabajo conjunto de las autoridades aduaneras de Francia, Italia y España y se ha saldado con la detención de los ocho tripulantes del barco, de nacionalidad siria.
· Seis detenidos en A Coruña acusados de 28 robos en viviendas. Agentes de la Policía Nacional han detenido a seis personas que supuestamente integraban una banda originaria de los países del este de Europa especializada en cometer atracos en casas y a la cual, por el momento, se la vincula con al menos 28 robos en viviendas de A Coruña y otras localidades limítrofes. Según han informado en rueda de prensa la portavoz de la Policía Nacional en Galicia y el jefe de la Brigada de la Policía Judicial de A Coruña, cuatro de los detenidos están en la cárcel y dos han quedado en libertad con cargos. Los arrestados, con edades comprendidas entre los 24 y los 39 años, fueron puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia, siendo la investigación tutelada por el Juzgado de Instrucción número 1 de A Coruña.
·El fiscal pide 24 años de cárcel para un hombre que encargó tirar ácido a su mujer. Özgür Dogar, de nacionalidad turca y de 31 años, se sienta a partir de hoy en el banquillo de la Sección 26 de la Audiencia Provincial, especializada en casos de violencia de género. Este hombre se enfrenta a una petición de condena de 26 años, ya que está acusado de haber encargado en junio de 2010 que un compinche suyo, el colombiano Bryan Stevan C. A., de 22 años, arrojara ácido a su mujer, María Ángeles R. G., de la que estaba en trámites de separación.
·Detenido el supuesto autor del tiro que hirió de gravedad a un tendero.
Agentes del Grupo VI de Homicidios han arrestado esta madrugada a un joven de 18 años, conocido como Richard, como supuesto autor del disparo que dejó herido grave a un comerciante chino durante un atraco de su tienda, en el distrito de Hortaleza. Según una portavoz de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, hubo una discusión previa y el presunto atacante fue a su casa donde cogió una escopeta y disparó a su víctima.
La víctima, que se encontraba en ese momento junto con su mujer y sus dos hijas, ha ingresado directamente en el quirófano para ser intervenido, tras ser estabilizado por los facultativos del SAMUR.
La presunción de inocencia es un principio jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla. Solamente a través de un proceso o juicio en el que se demuestre la culpabilidad de la persona podrá aplicarse una pena o sanción. Es, en definitiva, la idea de que todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario.
7. NOTICIAS SOBRE DELITOS PENALES:
·Un detenido por usar un pinganillo en el examen de conducir. El joven que se examinaba, de 24 años, retransmitía las preguntas mediante una videocámara oculta. En el exterior, otro recibía las imágenes y se encargaba de hacerle llegar al examinado las respuestas, mientras, el tercer detenido vigilaba la zona ante la posible presencia policial. Se les imputa delito de fraude contra las administraciones públicas.
·Interceptado un mercante con 12 toneladas de hachís a 30 millas de la costa de Málaga. El buque de operaciones especiales Fulmar del Servicio de Vigilancia Aduanera, interceptó la madrugada del domingo en el mar de Alborán un mercante cargado con 12 toneladas de hachís. La operación, desarrollada en aguas internacionales, a unas 30 millas de la Bahía de Málaga, ha sido un trabajo conjunto de las autoridades aduaneras de Francia, Italia y España y se ha saldado con la detención de los ocho tripulantes del barco, de nacionalidad siria.
· Seis detenidos en A Coruña acusados de 28 robos en viviendas. Agentes de la Policía Nacional han detenido a seis personas que supuestamente integraban una banda originaria de los países del este de Europa especializada en cometer atracos en casas y a la cual, por el momento, se la vincula con al menos 28 robos en viviendas de A Coruña y otras localidades limítrofes. Según han informado en rueda de prensa la portavoz de la Policía Nacional en Galicia y el jefe de la Brigada de la Policía Judicial de A Coruña, cuatro de los detenidos están en la cárcel y dos han quedado en libertad con cargos. Los arrestados, con edades comprendidas entre los 24 y los 39 años, fueron puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia, siendo la investigación tutelada por el Juzgado de Instrucción número 1 de A Coruña.
·El fiscal pide 24 años de cárcel para un hombre que encargó tirar ácido a su mujer. Özgür Dogar, de nacionalidad turca y de 31 años, se sienta a partir de hoy en el banquillo de la Sección 26 de la Audiencia Provincial, especializada en casos de violencia de género. Este hombre se enfrenta a una petición de condena de 26 años, ya que está acusado de haber encargado en junio de 2010 que un compinche suyo, el colombiano Bryan Stevan C. A., de 22 años, arrojara ácido a su mujer, María Ángeles R. G., de la que estaba en trámites de separación.
·Detenido el supuesto autor del tiro que hirió de gravedad a un tendero.
Agentes del Grupo VI de Homicidios han arrestado esta madrugada a un joven de 18 años, conocido como Richard, como supuesto autor del disparo que dejó herido grave a un comerciante chino durante un atraco de su tienda, en el distrito de Hortaleza. Según una portavoz de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, hubo una discusión previa y el presunto atacante fue a su casa donde cogió una escopeta y disparó a su víctima.
La víctima, que se encontraba en ese momento junto con su mujer y sus dos hijas, ha ingresado directamente en el quirófano para ser intervenido, tras ser estabilizado por los facultativos del SAMUR.
DERECHO PENAL
1.DEFINICIÓN DE DERECHO PENAL:
El Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.
Cuando se habla de Derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo con lo que se desee hacer referencia; de tal modo, puede hablarse manera preliminar de un Derecho penal sustantivo y, por otro lado, del Derecho penal adjetivo o procesal penal.
El primero de ellos está constituido por lo que generalmente se conoce como código penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el Estado, que establecen los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de las mismas.
2. LA LEY REGULA:
Ley que regula el derecho penal (1995)
A lo largo de la historia se puede observar como el derecho así como los delitos y las formas de cometer los ilícitos penales han ido evolucionando, de tal forma que se hace necesario regular determinadas actitudes de una forma más específica y detallada. Es por ello que surgen LAS LEYES PENALES ESPECIALES, en las cuales se regulan las distintas formas en que se puede atentar o violentar contra los bienes jurídicos tutelados o fundamentales a través de la imposición y ejecución de penas más específicas.
Dentro de las leyes penales especiales vigentes en Guatemala se encuentran las siguientes:
❖ Ley de Armas y Municiones.
❖ Ley contra la Narcoactividad.
❖ Ley contra el Lavado de Dinero y otros activos.
❖ Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros.
❖ Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.
❖ Ley para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia Intrafamiliar.
❖ Código Tributario.
El listado de leyes descrito anteriormente, regulan actividades específicas que merecen ser tratadas de una forma especial, así como también asignarles una pena especial. Cabe mencionar la materia tratada por las leyes penales especiales no se encuentra regulada en el Código Penal, por lo cual se hace necesario regular tales formas del accionar humano, en otras leyes, que en la mayoría de ocasiones pueden catalogarse como Leyes Vigentes No Positivas porque no se aplican dentro de la sociedad a pesar de que están vigentes.
3. DIFERENCIA ENTRE DELITO Y FALTA:
Diferencia entre delito y falta
La diferencia entre estas categorías reside en que los delitos son castigados con penas de reclusión o con multas mientras que las faltas son sancionadas con penas de arresto y, en su defecto, con multas. Las faltas son, generalmente, menos graves que los delitos y pueden considerarse, en este sentido, como un delito menor.
Existe también otras diferencias entre estas dos categorías de actos ilícitos, como las que se refieren a los plazos de prescripción, a la relevancia de los elementos subjetivos, etc.
4. TIPOS DE PENAS:
5. EJEMPLOS DE DELITO PENAL:
1. Delito de resultado: Hurto.
2. Delitos de mera actividad: Allanamiento de morada.
3. Delitos de Resultado, se dividen en atención al momento consumativo:
• Delitos Instantáneos: Asesinato
•Delitos Permanentes: Aquel que necesita el mantenimiento de una situación antijurídica en el tiempo, por la voluntad de su autor. (la detención ilegal por ejemplo), puesto que el delito se sigue consumando hasta que cesa.
•De Estado: Aquel que crea también una situación antijurídica duradera, pero la consumación cesa desde la aparición del delito (el matrimonio ilegal por ejemplo) 4. Delitos de Acción: Consisten en la realización de una conducta prohibida.
5. Delitos de Omisión: Abstenerse de realizar una conducta ordenada por la norma, y por tanto, se infringe una norma preceptiva o de mandato.Dentro de los delitos de omisión distinguimos:
•Delitos de omisión propia.
•Delitos de omisión impropia.
El Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.
Cuando se habla de Derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo con lo que se desee hacer referencia; de tal modo, puede hablarse manera preliminar de un Derecho penal sustantivo y, por otro lado, del Derecho penal adjetivo o procesal penal.
El primero de ellos está constituido por lo que generalmente se conoce como código penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el Estado, que establecen los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de las mismas.
2. LA LEY REGULA:
Ley que regula el derecho penal (1995)
A lo largo de la historia se puede observar como el derecho así como los delitos y las formas de cometer los ilícitos penales han ido evolucionando, de tal forma que se hace necesario regular determinadas actitudes de una forma más específica y detallada. Es por ello que surgen LAS LEYES PENALES ESPECIALES, en las cuales se regulan las distintas formas en que se puede atentar o violentar contra los bienes jurídicos tutelados o fundamentales a través de la imposición y ejecución de penas más específicas.
Dentro de las leyes penales especiales vigentes en Guatemala se encuentran las siguientes:
❖ Ley de Armas y Municiones.
❖ Ley contra la Narcoactividad.
❖ Ley contra el Lavado de Dinero y otros activos.
❖ Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros.
❖ Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.
❖ Ley para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia Intrafamiliar.
❖ Código Tributario.
El listado de leyes descrito anteriormente, regulan actividades específicas que merecen ser tratadas de una forma especial, así como también asignarles una pena especial. Cabe mencionar la materia tratada por las leyes penales especiales no se encuentra regulada en el Código Penal, por lo cual se hace necesario regular tales formas del accionar humano, en otras leyes, que en la mayoría de ocasiones pueden catalogarse como Leyes Vigentes No Positivas porque no se aplican dentro de la sociedad a pesar de que están vigentes.
3. DIFERENCIA ENTRE DELITO Y FALTA:
Diferencia entre delito y falta
La diferencia entre estas categorías reside en que los delitos son castigados con penas de reclusión o con multas mientras que las faltas son sancionadas con penas de arresto y, en su defecto, con multas. Las faltas son, generalmente, menos graves que los delitos y pueden considerarse, en este sentido, como un delito menor.
Existe también otras diferencias entre estas dos categorías de actos ilícitos, como las que se refieren a los plazos de prescripción, a la relevancia de los elementos subjetivos, etc.
4. TIPOS DE PENAS:
- Penas en función del bien jurídico afectado (Penas privativas de libertad, prisión y localizción permanente).
-Penas en función de su naturaleza y duración (Penas graves, menos graves y leves).
- Penas en función del carácter con el cual se imponen (Penas principales y accesorias).
- Penas en función de su composición (Penas únicas, cumulativas y alternativas).
- Penas en función del momento de su determinación (penas originarias y sustituyentes).
- Penas en función de quien las reciba (penas personales e impersonales).
5. EJEMPLOS DE DELITO PENAL:
1. Delito de resultado: Hurto.
2. Delitos de mera actividad: Allanamiento de morada.
3. Delitos de Resultado, se dividen en atención al momento consumativo:
• Delitos Instantáneos: Asesinato
•Delitos Permanentes: Aquel que necesita el mantenimiento de una situación antijurídica en el tiempo, por la voluntad de su autor. (la detención ilegal por ejemplo), puesto que el delito se sigue consumando hasta que cesa.
•De Estado: Aquel que crea también una situación antijurídica duradera, pero la consumación cesa desde la aparición del delito (el matrimonio ilegal por ejemplo) 4. Delitos de Acción: Consisten en la realización de una conducta prohibida.
5. Delitos de Omisión: Abstenerse de realizar una conducta ordenada por la norma, y por tanto, se infringe una norma preceptiva o de mandato.Dentro de los delitos de omisión distinguimos:
•Delitos de omisión propia.
•Delitos de omisión impropia.
jueves, 13 de marzo de 2014
Mujeres Importantes


MUJER IMPORTANTES
Frida Kahlo, pintora:
Magdalena Carmen Frida Kahlo Calderón (1907-1954), pintora mexicana casada con el muralista Diego Rivera, miembro del partido comunista mexicano. Su pintura es muy representativa y conocida en todo el mundo.
Marie Curie, científica:
Maria Salomea Skłodowska-Curie (1867-1934), Pionera en el campo de la radiactividad, fue, entre otros méritos, la primera persona en recibir dos Premios Nobel en distintas especialidades, Física y Química, y la primera mujer en ser profesora en la Universidad de París.
Rigoberta Menchú, defensora de los derechos humanos:
Rigoberta Menchú Tum, líder indígena guatemalteca, miembro del grupo maya quiché, defensora de los derechos humanos; embajadora de buena voluntad de la UNESCO y ganadora del Premio Nobel de la Paz (1992) y el Premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional (1998).

Marie Curie, científica:

Rigoberta Menchú, defensora de los derechos humanos:

viernes, 7 de marzo de 2014
Mujeres importantes
Mata Hari, espía:
Margaretha Geertruida Zelle (1876-1917) se sirvió de su capacidad de
seducción para trabajar como espía de los franceses para el Gobierno
alemán. Un tribunal francés ordenó que muriera fusilada por alta
traición.
Marilyn Monroe, actriz:
Norma Jean Mortenson (1926-1962) protagonizó clásicos como Con faldas y
a lo loco, pero sobre todo fue un mito erótico del siglo xx. Se dice
que tuvo un romance con los hermanos Robert y John F. Kennedy.
Diana de Gales,
princesa: Conocida como la princesa del pueblo (1961-1997) por su
actitud solidaria con los más desfavorecidos, estuvo casada con Carlos
de Inglaterra, con quien tuvo a los príncipes Guillermo y Enrique.
Diana de Gales,
princesa: Conocida como la princesa del pueblo (1961-1997) por su
actitud solidaria con los más desfavorecidos, estuvo casada con Carlos
de Inglaterra, con quien tuvo a los príncipes Guillermo y Enrique.
Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/358283/0/mujeres/clave/historia/#xtor=AD-15&xts=467263
Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/358283/0/mujeres/clave/historia/#xtor=AD-15&xts=467263
Marilyn Monroe, actriz:
Norma Jean Mortenson (1926-1962) protagonizó clásicos como Con faldas y
a lo loco, pero sobre todo fue un mito erótico del siglo xx. Se dice
que tuvo un romance con los hermanos Robert y John F. Kennedy.
Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/358283/0/mujeres/clave/historia/#xtor=AD-15&xts=467263
Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/358283/0/mujeres/clave/historia/#xtor=AD-15&xts=467263
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