viernes, 28 de febrero de 2014

OPOSICIONES A JUSTICIA

AUXILIO JUDICIAL:
-Requisitos: Graduado en ESO o equivalente.

TRAMITACIÓN PROCESAL:
-Requisitos: Título de bachiller o equivalente.

GESTIÓN PROCESAL:
-Requisitos: Diplomado o equivalente.

Administración de Justicia

  • Gestión Procesal y Administrativa: 236 plazas. CONVOCADAS
  • Tramitación procesal y administrativas
  • Auxilio judicial
  • Secretarios Judiciales: 50 plazas. CONVOCADAS.

No se incluyen plazas para Auxilio Judicial ni Tramitación Procesal ya que Hacienda deja fuera de la autorización a estos Cuerpos.


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Características de los cuerpos generales (Gestión procesal, Tramitación procesal y Auxilio judicial)

  • Son cuerpos nacionales
  • Aunque se trata de Cuerpos nacionales, el total de plazas se distribuye entre diferentes ámbitos territoriales, lo que permite elegir el primer destino en el territorio por el que se haya optado, pudiendo mediante concursos de traslados cambiar a otros puestos que te interesen más.
  • Concursos de traslados
  • Son procesos compatibles
  • Elegir la Comunidad Autónoma del primer destino
  • El proceso selectivo es el de oposición
  • Lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas


http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=Lc3x-jRTUlY


martes, 18 de febrero de 2014

ACTO ADMINISTRATIVO

Acto Administrativo
Es el reflejo de la intención de la administración que puede tener transcendencia frente a los administradores. Se rige por el derecho Administrativo.
Ejemplos:
1º Orden de derribo de un inmueble en ruinas.
2º Convocatoria de oposiciones.
3º Imposición de una multa.

Clases de Actos Administrativos 
·Actos resolutivos: Deciden sobre el fondo del tema.
·Actos de trámite: Son los previos al acto resolutivo.
·Actos reglados: Siguen un procedimiento establecido.
·Actos expresos: Son los que la resolución ha de notificarse al interesado.
·Actos presuntos: El silencio administrativo supone la aprobación.
·Actos favorables:
 -Concesiones: Ej Contrato de basuras.
 -Admisiones: Ej Oferta de trabajo.
 - Autorizaciones: Ej Puesto de mercado.
 - Dispensas: Ej no pagar basura a aquages si no nos dan servicio.
·Acto de gravamen:
 -Prohibiciones: Ej Bando prohibieno alimentar en la calle a gatos.
 -Sanciones: Ej Pagar una multa por una construcción ilegal.
 -Exportaciones: Ej Venta obligada de terreno para el AVE.

El procedimiento administrativo
Es la sucesión de actos que realiza la adminitración regulados por dos normas:
·Ley de regimen juridico de las AAPP.
·Ley de procedimiento administrativo.

Formas
·DE OFICIO: lo inicia el órgano competente por iniciativa propia o por el orden de un superior.
·POR DENUNCIA: cuando un 3º solicita el inicio del procedimiento. Se solicita mediante instancia por escrito.

Contenidos de instancias
1º Datos del interesado.
2º Los hechos, razones y lo que solicita.
3º Lugar y fecha.
4º Firma del interesado.
5º A que organismo se dirige (Destinatario).

Ordenación del procedimiento
Se da entrada en el despacho correspondiente al expediente, se sella y se archiva.
instrucción del procedimiento
Comprobar los datos, estudio del caso solicitar en su caso nueva información, presentar alegaciones.
Solicitud de revisión
Los recursos son actos de las personas interesadas en un procedimientos que no están conformes por lo dictado por la administración pública y alega que esta ha sido realizado un incumplimiento del ordenamiento jurídico.Interponer un recurso no implica la suspención del acto.

Recursos presentados antes la administración
-Recursos de reposicion y recurso extraordinario: Se presentan ante el mismo órgano ue dictó el acto.
-Recurso de alzada: Se presentan ante el órgano superior.
recursos presentados ante jurisdiccion contecioso administrativa
se presentan los recursos en :
- Juzgado de lo contencioso - administrativo
- Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal superior de justicia de la Comunidad Autonoma
- Sala de lo contencioso - administrativo de la Adiencia Nacional.
-Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal supremo

El personal al servicio de la Administración Pública.
a) Funcionarios (Su relación laboral se rige por el Derecho Administrativo)
- De carrera: persona que se ha presentado a Concurso (Méritos), Oposición (Examen) o Concurso-oposición (Méritos-Examen) y han conseguido una plaza para desempeñar un trabajo en la Administración pública de forma permanente.
- Interinos: Persona que se ocupa un puesto en la administración de manera temporal.
b) Personal laboral: Su relación laborar se rige por el Estatuto de los trabajadores (Derecho del trabajo).

Requisitos
Ser español o ciudadano de la Unión Europea o convenio con país de origen-
-Tener más de 16 años.
-Poseer el título exigido.
-No tener defecto físico o psiquico que impida realizar las actividades del puesto.
-No haber sido separado de la Administración pública por expediente disciplinario.
-No estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública.

viernes, 14 de febrero de 2014

Cuestiones sobre el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.



1. ¿Cómo estaba organizado históricamente el pueblo Valenciano? El pueblo valenciano, históricamente organizado como Reino de Valencia, se constituye en Comunidad Autónoma, dentro de la unidad de la Nación española, como expresión de su identidad diferenciada como nacionalidad histórica y en el ejercicio del derecho de autogobierno que la Constitución Española reconoce a toda nacionalidad, con la denominación de Comunitat Valenciana.
2. ¿Qué territorio comprende la Comunidad Valenciana? El territorio de la Comunitat Valenciana comprende el de los municipios integrados en las provincias de Alicante, Castellón y Valencia.
3. ¿Cómo se llama la bandera valenciana? La bandera de valenciana es la popular Senyera.
4. ¿Cuál es la lengua propia de la Comunidad Valenciana? La lengua propia de la Comunitat Valenciana es el valenciano .
5. ¿Cómo es la bandera valenciana? La bandera valenciana está compuesta por cuatro barras rojas sobre fondo amarillo, coronadas sobre franja azul junto al asta.
6. ¿Cuáles son las lenguas oficiales? Sus dos lenguas oficiales son el valenciano y el castellano.

7. ¿Cuál es la Institución normativa del idioma valenciano? L'Acadèmia Valenciana de la Llengua es la institución normativa del idioma valenciano.

8. ¿Qué es la Generalitat y quienes la forman? El conjunto de las instituciones de autogobierno de la Comunitat Valenciana constituye La Generalitat. Forman parte de La Generalitat les Corts Valencianes o Les Corts, el President y el Consell.
9. ¿A quien corresponde la potestad legislativa dentro de la Comunidad Valenciana? La potestad legislativa dentro la Comunitat Valenciana corresponde a Les Corts, que representan al pueblo. Les Corts son inviolables y gozan de autonomía.
10.¿Dónde tiene su sede la Generalitat? La sede de la Generalitat será el palacio de este nombre, en la ciudad de Valencia.
11.Cita seis funciones de Les Corts: 
a) Aprobar los presupuestos de la Generalitat y las emisiones de Deuda Pública. b) Controlar la acción del Consell. c) Elegir al President de la Generalitat.         d) Exigir, en su caso, la responsabilidad política del President y del Consell.        e) Ejercer el control parlamentario sobre la acción de la Administración situada bajo la autoridad de la Generalitat. Con esta finalidad se podrán crear, en su caso, comisiones Especiales de investigación, o atribuir esta facultad a las comisiones permanentes.                                                                                        f) Presentar ante la Mesa del Congreso proposiciones de ley y nombrar a los Diputados encargados de defenderlas.

12. ¿Quién es el presidente de la Generalitat? El presidente de la Generalitat es Artur Mas.
13. ¿Cómo es elegido el presidente de la Generalitat? El presidente de la Generalitat es elegido por Les Corts.
14. ¿Qué es el Consell? Es una institución de la Generalitat.

15. ¿Quiénes son los consellers? Los consellers son los miembros de el Consell.

16. ¿Qué es el tribunal de justicia de la Comunitat Valenciana? El Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo y de aquellas materias que exijan garantías constitucionales, competencia que corresponde al Tribunal Constitucional.

17. ¿En qué artículo se reconoce la competencia exclusiva en materia de enseñanza a la Generalitat?En el artículo 24.

18. ¿A quien corresponde realizar el presupuesto de la Generalitat? Corresponde al Consell la elaboración del Presupuesto de la Generalitat .

19. ¿Puede la Generalitat financiar gastos de inversión emitiendo deuda pública? ¿Cuál es la condición? La Generalitat, mediante acuerdo de Les Corts, podrá emitir deuda pública para financiar gastos de inversión. El volumen y las características de las emisiones se establecerán de acuerdo con el ordenamiento general de la política crediticia y en coordinación con el Estado. Los títulos emitidos tendrán la consideración de fondos públicos a todos los efectos.

20. ¿Quién y cómo puede reformarse el Estatuto de Autonomía?
La reforma del Estatuto deberá ser aprobada por Les Corts, mediante acuerdo adoptado por dos terceras partes de sus miembros, salvo que sólo tuviese por objeto la ampliación del ámbito competencial, en cuyo caso será suficiente la mayoría simple de Les Corts.

21. ¿Qué día se firmó el Estatuto de Autonomía y cuando entró en vigor? La aprobación de la reforma por las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, incluir la autorización del Estado para que la Generalitat convoque un referéndum de ratificación de los electores en un plazo de seis meses desde la votación final en las Cortes Generales. El referéndum podrá no convocarse en aquellos casos en que la reforma sólo implique ampliación de competencias

22. ¿Cuál es el himno de la Comunidad Valenciana? El Himno de la Comunidad Valenciana es el himno oficial de la Comunidad Valenciana (España). Tanto su música como su letra están establecidos mediante la ley valenciana 8/1984 de 4 de diciembre, «por la que se regulan los símbolos de la Comunidad Valenciana y su utilización», disponiendo que en los actos solemnes que se celebren en el territorio de la Comunidad Valenciana, el himno oficial será interpretado conjuntamente con el himno nacional, precediéndolo en el orden de interpretación.

viernes, 7 de febrero de 2014

DOCE HOMBRES SIN PIEDAD

Una película estadounidense de 1957 dirigida por Syney Lumet.
La película trata sobre el juicio de un homicidio en el que 12 hombres tienen que deliberar sobre el futuro de un muchacho, dictaminando si es culpable o inocente del asesinato de su padre.
Las pruebas apuntan a que es culpable, por ello 11 de los 12 miembros del jurado opinan que es culpable, pero el miembro número 8 tiene en cuenta diferentes argumentos que se han citado en el juicio, y hace que surja la duda sobre la culpabilidad del muchacho. Al principio ninguno de los otros 11 hombres parece cambiar de opinión pero poco a poco el miembro número 8 hace que los demás vayan cambiando de parecer y éstos se den cuenta de otros factores que no habían sido analizados en el juicio. Aunque se va creando un ambiente de tensión entre dos bandos que se crean, unos que piensan que el muchacho es inocente y otros que es culpable, cada miembro se va dando cuenta de que los argumentos no son totalmente validos para mandar a la silla eléctrica al acusado y a medida que les van surgiendo dudas van cambiando de bando. hasta que finalmente todos coinciden que hay unas dudas muy razonables como para creer que el muchacho es inocente.
En la película se observan diferentes tipos de comportamientos y roles que va desempeñando cada miembro del jurado mostrando así características de su personalidad y cómo influye su vida a la hora de dictaminar la culpabilidad del acusado.



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VISITA A LOS JUZGADOS DE ORIHUELA

El día 24 de Enero en nuestra clase de Fundamentos de Derecho realizamos la visita a los juzgados de Orihuela.

La visita empezó a temprana hora de la mañana accediendo a los calabozos en los cuales nos explicaron el proceso de entrada a estos y el de salida hasta la celebración del juicio. A continuación, algunos de nuestros compañeros entraron a la sala de reconocimiento y otros vieron desde el otro lado de la sala como funcionaba el proceso de reconocimiento. También nos enseñaron un coche patrulla, nos mostraron su funcionamiento y una de nuestras compañeras, Sofía Castillo, se mostró voluntaria para entrar en el coche patrulla y ver la sensación que se sentía al estar dentro, uno de los policías nos enseño el proceso para detener a alguien y dos de nuestras integrantes del grupo, Sofía y Stefany, fueron esposadas.
Después de terminar la visita a los calabozos, subimos para ser testigos de la celebración de varios juicios, pero dos de estos no se pudieron celebrar.
El primer juicio que vimos fue sobre un robo en la tienda Kid Class del C.C. Ociopía. Se acusaba del robo de 14 prendas de ropa a dos mujeres de etnia gitana. Al juicio solo asistió una de ellas, la cual se declaro culpable asumiendo sus actos. La pena impuesta para la mujer que asistió fue de 3 meses de cárcel y a la otra se le impuso una pena de 6 meses, también se les impuso una multa de alrededor de 500€ cada una.
Lo curioso de este caso a nuestro parecer es que el robo se produjo en el año 2008 y después de 6 años se ha celebrado el juicio.
El siguiente juicio al que asistimos fue a un robo con violencia. El hecho ocurrió en el año 2010 en el barrio Los Capuchinos de Orihuela, según cuenta el denunciante dos hombres le golpearon y le robaron 10€ de su cartera, pero según la versión de uno de los acusados (dos hombres que en el tiempo del robo eran drogadictos pero que hoy en día están en rehabilitación) solo fue un cobro pendiente por una cámara que el le había vendido al denunciante. La jueza dejó el caso pendiente para sentencia.
Otro de los juicios al que asistimos fue al de falsificación de documentos, en este caso el del carnet de conducir. Un hombre nacionalidad extranjera había falsificado el carnet de conducir y acepto los cargos de los que se le acusaban. La jueza dictamino una pena de trabajos a la comunidad y una multa muy elevada.
Al terminar estos juicios hicimos un pequeños descanso para almorzar y al terminar seguimos con los juicios.
El penúltimo juicio celebrado fue por posesión de sustancias estupefacientes. En el Pilar de la Horadada en la casa de un hombre fueron vistas 5 plantas de marihuana, dos de ellas hembra, el hombre acusado de su posesión, alegaba que eran para el uso medicinal y no para traficar con estas. La jueza dejó el caso visto para sentencia.
El uĺtimo caso al que asistimos fue por violencia de género. Los hechos ocurrieron en Callosa de segura, varios vecinos, entre ellos dos hombre que asistieron de testigos al juicio, alertaron a la policía por un caso de violencia entre una pareja de marroquíes. El hombre había pegado a la mujer con una zapatilla o cinturón. En el juicio los dos se negaron a declarar, pero la jueza le impuso una sentencia de trabajos a la comunidad y una orden de alejamiento.

En nuestra opinión la visita a los juzgados fue muy agradable, entretenida y nos sirvió para poder ver en primera persona como es el proceso de un juicio. Deberíamos hacer más visitas así.

jueves, 6 de febrero de 2014

Derecho y Estado 
EL Estado de Derecho



·El Estado de derecho:
-El Estado de derecho está formado por el Estado, como forma de organización política y el derecho. El poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.

-Surge por oposición al estado absolutista donde el rey se encuentra por encima de los ciudadanos y podía ordenar y mandar sin ningun otro poder. El estado del derecho en cambio, supone que el poder surge del pueblo.

-División de poderes. Los tribunales son autónomos respecto al soberano y aparece el parlamento para contrarrestar el poder del gobernante.

·División de poderes:
-Poder legislativo: El parlamento dividido en dos cámaras, el congreso de los diputados y el senado, se encargan de hacer las leyes.
-Poder ejecutivo: El gobierno formado por el presidente y el consejo de ministros y hacen cumplir las leyes aprobadas por el parlamento.
-Poder judicial: Los jueces y tribunales resuelven conflictos aplicando las normas. 


· Democracia y estado de derecho:
- La noción de democracia es un concepto relaciona con el Estado de derecho, ya que el pueblo tiene
el poder y lo ejerce mediante las elecciones, al elejir a sus representantes.
- Pero la democracia no implica que exista un verdadero estado de derecho, pues un líder puede llegar al poder por vías democráticas y después abolir el estado de derecho, como Adolf Hitler. También pueden existir gobiernos que respetan el funcionamiento democrático pero que violan el Estado de derecho.

· La constitución y el estado de derecho:
- La Constitución español de 1978 se basa en el Estado de derecho. En su 1º artículo se establece lo siguente:
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que defiende la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que nace  los poderes
del Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Sistema electoral español:
-En España, tenemos un sistema de listas cerradas en las  elecciones  al congreso de los diputados. Esto es: el elector  no vota a una persona sino a una lista de personas.
-Cada partido presenta una lista con sus candidatos, ordenada por orden de preferencia, en cada circunscripción y el votante puede elegir entre la lista del partido A, la lista del partido B o la del C.
Una vez hecho el recuento, los elegidos son los de la lista empezando por el primero.
-Este sistema presenta un gran déficit democrático. El elector no vota para elegir  que persona le representará sino que partido le representará.

Sistema electoral español:
-En España, los senadores se eligen por listas abiertas. Cada partido presenta su lista, pero el elector vota a la persona o personas de esa lista.
-Las consecuencia de las listas abiertas son que los partidos pierden poder y hay más posibilidades de sean elegidas personas independientes.
-Las listas abiertas dignifican el parlamento, dan mayores matices al voto de los ciudadanos, mejoran la representación y enriquece la democracia.